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El cambio unilateral del precio de contrato de un alimento será sanción grave


Madrid - 2020-02-26 13:42:28
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Archivado en: Crisis del campo


La práctica de modificar unilateralmente (sin pacto expreso) el precio de un alimento incluido en un contrato entre dos operadores de la cadena alimentaria se tipifica como infracción grave en la modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria.

Así se recoge en el Real-Decreto Ley publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que aprobó ayer el Consejo de Ministros y que incluye un conjunto de medidas para intentar solventar la crisis de rentabilidad que padece el sector primario.

Entre las novedades que no se habían detallado hasta ahora, destaca la inclusión como grave (multa de 3.001 a 100.000 euros) realizar cambios del precio ya incluido en la relación contractual que "no estén expresamente pactados por las partes" mientras que sigue siendo falta leve el resto de los cambios no pactados.

La Ley de la cadena vigente hasta ahora -que data de 2013- se limitaba a incluir como infracción leve realizar cualquier tipo de modificación (incluido el precio) sin acuerdo previo.

El cambio normativo incluye la prohibición de llevar a cabo actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio y la imagen de los productos.

En este punto, la Ley no recoge finalmente que los operadores deban identificar su precio claramente en la información publicitaria, en la cartelería y en los tiques de compra para que no pueda dar lugar a equívocos, de tal forma que el consumidor tuviese conocimiento exacto del alcance de la campaña.

Sin embargo, esta especificación sí la incluía un borrador previo de la norma adelantado este lunes por Radio Nacional de España (RNE) y al que tuvo acceso Efeagro.

Otro cambio respecto a ese borrador se refiere a las bonificaciones por conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos-discontinuos de los grupos de cotización entre el 2 y el 11 con una base mensual inferior a 1.800 euros.

En concreto, la normativa que ha entrado en vigor eleva, respecto a ese borrador, el tope máximo de las cuotas a pagar por el empresario por las contingencias comunes.

Desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) han señalado este miércoles en un comunicado que el paquete de medidas aprobadas cubre aspectos "tan importantes" como la formación de los precios a lo largo de la cadena de valor, además de dar respuesta a demandas fiscales, laborales, de financiación, sobre coste energético, entre otros.

Entre esas acciones, el MAPA ha destacado la obligatoriedad de tener en cuenta los costes de producción en los contratos, la prohibición de establecer precios por debajo del coste de producción o la prohibición de la venta a pérdidas (que puede ser sancionada con 100.000 euros y hasta un millón de euros en casos recurrentes).

Además, se regulan las promociones comerciales para evitar la banalización de los productos agrarios y se dará publicidad a las sanciones para los agentes que hayan cometido infracciones graves o muy graves.

Se flexibiliza asimismo a cuatro años el pago de la fiscalidad de las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes que se hacía hasta ahora en un solo pago.

El Gobierno también se compromete a tramitar con carácter de urgencia dos líneas de ayuda por importe de 60 millones de euros para la instalación de fuentes de energía renovable y a mantener tanto el sistema de tributación por módulos como las bonificaciones al gasóleo agrícola durante toda la legislatura.